Programa de ayudas PAREER

Se ha publicado en el BOE del 25 de septiembre, las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sectors residencial (uso vivienda y hotelero). Progama conocido como PAREER.

Este programa de ayudas no es compatible con otros como el del Plan PIMA SOL, o con la Ley 8/2013, pendiente de desarrollo autonómico, que ya os hemos hablado antes.

Cabe señalar que los honorarios de los proyectos y de las direcciones de obra son subvencionables, siguiendo la tendencia reciente.

Otro factor importante es que, para poder optar a las ayudas se EXIGE UNA MEJORA DE UNA LETRA, lo que pone de relieve la importancia que en el futuro va a tener la Certificación Energética.

Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:

  1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.  
  3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.  
  4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este Programa:

  1. las personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda).
  2. las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
  3. los propietarios de viviendas unifamiliares o los propietarios únicos de edificios de viviendas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  4. las empresas de servicios energéticos.

 

Échale un vistazo a la página web del IDAE dedicada al respecto.

 

 

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